Inventar juntos las nuevas mediaciones del libro - ensayo por Lorenzo Soccavo

Publicación de Fundación Germán Sánchez Ruipérez: Inventar juntos las nuevas mediaciones del libro una contribución del ensayista francés Lorenzo Soccavo 

A lo largo de la historia de la humanidad, la lectura y el mercado del libro han ido progresando y evolucionando gracias a las transformaciones de los soportes, que necesariamente condicionan los usos y las prácticas de los lectores. Actualmente vivimos una época de grandes mutaciones. El paso de la edición impresa a la edición digital es solo un aspecto de una realidad mucho más compleja. Estamos viviendo una revolución copernicana: se trata de una revolución que, al transformar nuestra visión del mundo, modifica nuestra relación con el universo y altera nuestros puntos de vista científicos y filosóficos. Podríamos hablar en este caso de una auténtica metamorfosis de la mirada, del paso a un nuevo estadio de conciencia de nuestras sociedades, nuestras culturas y nuestras civilizaciones. En este contexto, el concepto mismo de biblioteca como infraestructura mental y, al mismo tiempo, como superestructura social se sitúa en el centro de esta revolución, y muy bien podría convertirse en uno de los principales laboratorios de esta nueva era bautizada, por qué no, con el nombre de biblioceno.


En su ensayo propone los siguiente "Los derechos de los lectores":


Ante el derecho al comercio, e incluso el derecho de autor, tenemos que reconocer que también los lectores disfrutan de derechos. ¿Se puede considerar al lector simplemente como alguien que compra o que toma libros prestados, como un consumidor o un usuario pasivo? La respuesta es no.
Este reconocimiento de los derechos de los lectores sigue los pasos de Víctor Hugo, quien, en su discurso de inauguración del Congreso Literario Internacional de 1878 declaró: “El principio es doble, no lo olvidemos. El libro, como libro, pertenece al autor, pero como pensamiento, pertenece –y
la palabra no es exagerada– al género humano. Todas las inteligencias tienen derecho a él”.
Citaré a continuación trece derechos fundamentales. En mi opinión, los bibliotecarios deberían ser sus principales garantes y defensores frente a un comercio del libro que, en esta era digital, se arriesga a caer en brazos de las poderosas industrias culturales que controlan el mercado del ocio.

Muy resumidamente estos derechos son:
1. Derecho a no ser incluido en una ficha o perfil en función de su historial de lecturas, lo que contradice las prácticas habituales de determinados vendedores on-line y de los denominados sistemas operativos propietarios.
2. Derecho de acceso libre y gratuito al dominio público.
3. Derecho a una oferta de dispositivos e interfaces de lectura permanentes, con una obsolescencia programada no abusiva.
4. Derecho a elegir la lectura en versión digital o en versión impresa, independientemente del título y del autor seleccionados.
5. Derecho a ser informado en su propio idioma sobre las transformaciones del libro y de su comercialización, lo que contradice la saturación informática y la desinformación del marketing, de los lobbies y de las corporaciones profesionales.
6. Derecho a la propiedad de los libros electrónicos adquiridos o regalados, lo que significa tener la posibilidad de formar una biblioteca personal privada e inviolable, y de prestar o donar los propios
libros, sin que exista ningún tipo de DRM (Digital Rights Management) vinculante.
7. Derecho a la autonomía, sobre todo en relación con las aplicaciones que permiten realizar comentarios y lectura compartida.
8. Derecho a un precio justo, es decir, un precio asequible para el mayor número posible de lectores y con un reparto justo entre autores, editores y libreros independientes, y derecho a rechazar la publicidad en los libros digitales o digitalizados, o en los propios dispositivos y sistemas operativos de lectura.
9. Derecho a igualdad de trato con los lectores de otros países, en particular en lo relativo a los términos de la oferta, a las traducciones, y en favor de la armonización entre países sobre buenas prácticas en materia de dominio público y de acceso a las obras.
10. Derecho a una mediación humana, y no a meras prescripciones algorítmicas.
11. Derecho a una verdadera bibliodiversidad, lo que contradice cualquier forma de censura, así como el formateo que podemos observar en los fenómenos artificiales de elaboración de “best-sellerización”
y en la world literature destinada a ser rápidamente consumida en películas y en productos derivados a lo largo y ancho del planeta.
12. Derecho a una oferta de calidad, lo que raramente sucede en el caso de los libros digitalizados, que contienen errores de reconocimiento de caracteres en el escaneado, y cuyos textos no siempre
están corregidos ni formateados correctamente, o en ocasiones ni siquiera han sido objeto de validación por la editorial ni recibido la atención suficiente, especialmente en el caso de los textos autoeditados. Este derecho implica asimismo el respeto a la integridad de la obra original y a la interoperabilidad de los ficheros digitales.
13. Idénticos derechos de acceso a los textos para todos los lectores, lo que significa respetar los doce derechos precedentes, independientemente de la discapacidad concreta, sobre todo visual o mo
tora, que pueda sufrir el lector.

Baja Ensayo en PDF:
https://fundaciongsr.org/wp-content/uploads/2019/03/Inventar-juntos-las-nuevas-mediaciones-del-libro.pdf

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